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Registro de jornada en papel: cuándo dejará de ser válido

Comparativa honesta · Actualizado: 5 de abril de 2026

Veredicto rápido

Mi Fichaje Legal en cualquier escenario a partir de la publicación del Real Decreto, que prohíbe expresamente el papel. Registro inmutable, acceso remoto para la ITSS y firma digital que el papel no puede ofrecer.

Registro en papel a muy corto plazo si el Real Decreto aún no está publicado — el RDL 8/2019 no prohíbe el papel hoy, pero 20 días después de la publicación en el BOE dejará de ser válido sin excepciones.

El RDL 8/2019 obliga a todas las empresas a registrar la jornada de cada trabajador. No especifica el formato. Un registro en papel que incluya hora de inicio y fin de jornada, firmado por el trabajador y conservado durante 4 años, es técnicamente válido.

Pero en la práctica, el papel tiene problemas serios incluso hoy.

Se pierde. Cuatro años de hojas firmadas son muchas hojas. Se traspapelan, se mojan, se tiran por error. Cuando la Inspección pide los registros de hace tres años, “se han perdido” no es una respuesta válida.

Se manipula fácilmente. Una hoja firmada en blanco que se rellena después. Horarios escritos todos con la misma letra. Los inspectores lo han visto todo y saben identificar un registro rellenado a posteriori.

No permite acceso inmediato. Si un inspector se presenta y pides tiempo para buscar las carpetas del año pasado, ya tienes un problema.

No hay trazabilidad. Si alguien borra un dato con típex o tacha una hora, no queda constancia del dato original.

El papel mañana: expresamente prohibido

El borrador del Real Decreto establece en su artículo 2.1 que todas las empresas garantizarán el registro diario por medios digitales. No dice “preferiblemente digitales”. Dice digitales.

El artículo 2.2 exige fiabilidad: que los asientos no puedan ser modificados sin autorización y que cualquier cambio deje una huella clara e indeleble. El papel no puede cumplir ninguna de estas condiciones.

El artículo 6.3 exige que la ITSS pueda acceder al registro de forma remota y en cualquier momento.

Cuando el Real Decreto se publique en el BOE, tendrás 20 días para adaptarte. Sin periodo transitorio ni excepciones por tamaño de empresa.

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El coste real de seguir con papel

La sanción mínima actual por no tener registro de jornada adecuado es de 751 €. Con el nuevo Real Decreto, la sanción será de 1.000 € a 10.000 € por cada trabajador afectado.

Para una empresa de 5 empleados: sanción mínima de 5.000 €. Mi Fichaje Legal cuesta 108 € al año. Eso es 46 años de software por el precio de una sola sanción mínima.

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Última actualización: abril de 2026. Los datos sobre el Real Decreto se basan en el borrador en tramitación urgente disponible públicamente.